Chile discute una ley para regular los sistemas de inteligencia artificial según su nivel de riesgo. Esta página sigue su tramitación con fuentes oficiales del Congreso y resume qué propone, qué normas ya se aplican a quien usa IA y qué conviene hacer mientras tanto.
Estado actual
EN TRÁMITE, no es ley. Está en el segundo trámite constitucional en el Senado, en la subetapa 'Primer informe de comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación', con urgencia simple. El Senado no ha votado en general. El Gobierno anunció una indicación sustitutiva que cambiaría el enfoque de control previo (ex ante) a control posterior al daño (ex post), pero al 22-09-2026 la prensa seguía describiéndola como 'en preparación'. No hay número de ley ni publicación en el Diario Oficial.
Regula los sistemas de inteligencia artificial · Boletín 15869-19 (matriz; moción ingresada el 24-04-2023: 'Regula los sistemas de inteligencia artificial, la robótica y las tecnologías conexas, en sus distintos ámbitos de aplicación'), 16821-19 (mensaje presidencial ingresado el 07-05-2024), refundidos fuente ↗
Cómo ha avanzado
- Ingresa la moción del boletín 15869-19 en la Cámara. Es el boletín matriz de la refundición. fuente ↗
- Ingresa el mensaje presidencial del boletín 16821-19 en la Cámara de Diputados. fuente ↗
- Se da cuenta del proyecto. Pasa a la Comisión de Futuro, Ciencias, Tecnología, Conocimiento e Innovación y a la de Hacienda. Se consulta a la Corte Suprema (oficio N° 19.459). fuente ↗
- Primera urgencia simple (Mensaje 513-372). Desde entonces las urgencias se retiran y se renuevan periódicamente. fuente ↗
- La Sala acuerda refundir los boletines 15869-19 y 16821-19. fuente ↗
- Se da cuenta de la opinión de la Corte Suprema (oficio 199-2024, informe N° 27-2024). fuente ↗
- El Ejecutivo formula indicaciones (oficio 228-372). Hay nuevas indicaciones el 23-10-2024 (234-372) y el 05-03-2025 (339-372). fuente ↗
- Urgencia de 'discusión inmediata' (Mensaje 2667-372). Después caducó. fuente ↗
- Primer informe de la Comisión de Ciencias y Tecnología de la Cámara. El proyecto pasa a Hacienda. fuente ↗
- Primer informe de la Comisión de Hacienda. Antes, el 01-07-2025, se presentó el informe financiero sustitutivo N° 178. fuente ↗
- La Sala de la Cámara aprueba el proyecto en general. El 05-08-2025 lo remite a segundo informe de la comisión (oficio 20.692). fuente ↗
- El Ejecutivo formula nuevas indicaciones (oficio 174-373, con informe financiero complementario N° 244). fuente ↗
- Segundo informe de la Comisión de Ciencias y Tecnología de la Cámara. fuente ↗
- Con urgencia de discusión inmediata, la Cámara aprueba el proyecto en particular y lo despacha al Senado (oficio de ley N° 20.843). Según prensa, no alcanzaron quórum algunas normas, entre ellas el Consejo Asesor Técnico de IA. fuente ↗
- Se da cuenta del proyecto en el Senado, que inicia el segundo trámite. Pasa a la Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación. fuente ↗
- El Ejecutivo pone urgencia suma en el Senado (Mensaje 1462-373) y la renueva el 20-01-2026. fuente ↗
- La Comisión de Desafíos del Futuro del Senado realiza un seminario de audiencias, 'Hacia una regulación de la IA en Chile', con la ministra de Ciencia Ximena Lincolao, empresas, gremios y academia. fuente ↗
- El nuevo Gobierno pone urgencia simple (Mensaje 88-374). La renueva el 09-06, el 07-07, el 04-08 y el 01-09-2026. fuente ↗
- La ministra Lincolao presenta a la comisión la propuesta de 'ley marco de IA para la innovación, productividad y competitividad', con seis ejes. Se anuncia una indicación sustitutiva que pasaría de revisión ex ante a revisión ex post. fuente ↗
- Según prensa, la indicación sustitutiva sigue en preparación en el Ministerio de Ciencia; se había comprometido para comienzos de septiembre. Tendría más de 20 artículos, sandboxes regulatorios y sanciones proporcionales al daño concreto. fuente ↗
- La Tercera informa que el Gobierno 'prepara' la indicación sustitutiva, mientras la ministra y parlamentarios viajan a Washington. El registro del Senado no muestra una indicación ingresada. fuente ↗
Qué propone
Advertencia sobre el texto
El texto oficial más reciente es el que la Cámara despachó al Senado el 13-10-2025: 19 artículos permanentes y un artículo transitorio. Es un proyecto, no una norma vigente. Además, el Ejecutivo anunció una indicación sustitutiva que podría reemplazarlo casi por completo. fuente ↗
Objeto y ámbito (arts. 1-2)
Regula los usos de sistemas de IA. Se aplica a proveedores que los introducen o ponen en servicio en Chile y a implementadores domiciliados en Chile. También alcanza a proveedores e implementadores extranjeros cuando la salida del sistema se usa en Chile. Excluye los usos de defensa nacional, la investigación y el desarrollo previos al mercado (salvo pruebas en condiciones reales) y los componentes de código abierto, salvo que se comercialicen como parte de un sistema de alto riesgo. fuente ↗
Principios y transparencia (arts. 4-5)
Fija 11 principios, entre ellos supervisión humana, solidez, privacidad, explicabilidad, equidad de género y derechos de autor. Los sistemas deben identificarse como agentes artificiales cuando interactúan con personas. Los operadores deberán publicar informes anuales de impacto medioambiental (art. 4 N° 6). El contenido sintético de audio, imagen, video o texto debe ser identificable como generado o manipulado artificialmente (art. 5). fuente ↗
Clasificación por niveles de riesgo (art. 6)
Los usos se clasifican en cuatro niveles: riesgo inaceptable (prohibidos), alto riesgo, riesgo limitado y sin riesgo evidente. 'Uso' abarca el desarrollo, la prueba, la distribución, la introducción en el mercado y la puesta en servicio. fuente ↗
Usos prohibidos (art. 7)
Prohíbe siete categorías: manipulación subliminal; explotación de vulnerabilidades, incluidos daños a niños, niñas y adolescentes; categorización biométrica por datos sensibles que discrimine; calificación social genérica; identificación biométrica remota en tiempo real en espacios de acceso público; extracción no selectiva de imágenes faciales desde internet o CCTV; e inferencia de emociones en ámbitos penales, de fronteras, trabajo y educación. Hay excepciones terapéuticas con consentimiento expreso. fuente ↗
Obligaciones de alto riesgo (arts. 8-10)
Un uso es de alto riesgo cuando hay riesgo significativo para derechos fundamentales, del consumidor o de autor. Exige: gestión de riesgos iterativa, gobernanza de datos, documentación técnica, registros de eventos, supervisión humana capacitada y precisión, solidez y ciberseguridad, esta última alineada con los arts. 3, 7 y 9 de la Ley 21.663. Admite estándares diferenciados para empresas de menor tamaño. Si el uso no cumple, el operador debe desactivar, retirar o suspender el sistema. También exige seguimiento posterior a la puesta en servicio. El texto no contiene un listado cerrado de usos de alto riesgo. fuente ↗
Riesgo limitado (art. 11)
Obligaciones de transparencia proporcionales: las personas deben saber de forma clara que interactúan con un sistema de IA. fuente ↗
Innovación (arts. 12-14)
Crea espacios controlados de pruebas (sandboxes). Quien respete la ley y las orientaciones queda exento de multas, pero responde por los daños que cause. Da acceso prioritario a empresas de menor tamaño. El Ministerio de Ciencia promueve la IA y la alfabetización ciudadana. fuente ↗
Autoridad supervisora
Las infracciones se tipifican 'para efectos del ejercicio de las atribuciones de la Agencia de Protección de Datos Personales' (art. 16). La APDP y la ANCI pueden requerir procedimientos de fiscalización a los operadores de alto riesgo (art. 9). El Ministerio de Ciencia, la APDP y la ANCI incorporan los principios en sus orientaciones (art. 4). El texto despachado no incluye el Consejo Asesor Técnico de IA. fuente ↗
Infracciones y sanciones (arts. 16-19)
Infracción gravísima: usar un sistema de riesgo inaceptable, con multa de hasta 20.000 UTM. Grave: incumplir las reglas de alto riesgo, hasta 10.000 UTM. Leve: incumplir la transparencia de riesgo limitado, hasta 5.000 UTM. Las multas se gradúan según el daño, el tamaño y las ventas del operador, la mitigación y la reincidencia. Rige sin perjuicio de la Ley 21.719. Hay acción civil de cesación e indemnización por procedimiento sumario. fuente ↗
Plazo de entrada en vigencia
Artículo transitorio: la ley entraría en vigencia el primer día hábil del duodécimo mes desde su publicación en el Diario Oficial. No hay publicación, así que no existe fecha de vigencia. fuente ↗
Giro anunciado por el Gobierno (propuesta, sin texto oficial)
La ministra Lincolao propone una 'ley marco de IA para la innovación, productividad y competitividad' con seis ejes. Pasaría de revisión ex ante a ex post y se inspiraría en Japón, Singapur y EE. UU. en lugar del modelo europeo. No hay texto oficial ingresado en el registro del Senado. fuente ↗
Normas que ya rigen o están en camino
| Norma | Estado | Qué dice |
|---|---|---|
| Ley 21.719, que regula la protección y el tratamiento de los datos personales y crea la Agencia de Protección de Datos Personales | Publicada; aún no rige · Publicada en el Diario Oficial el 13-12-2024 y promulgada el 25-11-2024. Rige el 01-12-2026: el primer día del mes vigésimo cuarto posterior a su publicación, según su artículo primero transitorio. Un proyecto en trámite busca postergarla al 01-12-2027 (ver boletín 18623-07). | Pertinente para la IA: el art. 8° bis da derecho a oponerse y a no ser objeto de decisiones basadas en tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, con efectos jurídicos o significativos (con excepciones: contrato, consentimiento o ley). El art. 15 ter exige una evaluación de impacto previa para tratamientos de alto riesgo, siempre que haya perfiles o decisiones automatizadas con efectos significativos, tratamiento masivo, monitoreo sistemático de zonas públicas o datos sensibles. Crea la APDP, con infracciones leves, graves y gravísimas, y un programa de cumplimiento con delegado de protección de datos. Mientras tanto sigue vigente la Ley 19.628. fuente ↗ |
| Proyecto que modifica la Ley 21.719 (boletín 18623-07) | En trámite: primer trámite en el Senado, Comisión de Constitución y luego Hacienda, con urgencia suma renovada el 22-09-2026 · No vigente. Ingresó el 01-09-2026 por mensaje. | Según prensa especializada, posterga la entrada en vigencia de la Ley 21.719 del 01-12-2026 al 01-12-2027 y amplía de 3 a 5 los consejeros de la Agencia. Mientras no se apruebe y publique, la fecha legal sigue siendo el 01-12-2026. fuente ↗ |
| Ley 21.663, Ley Marco de Ciberseguridad | Vigente · Publicada el 08-04-2024. BCN registra el inicio de vigencia el 01-03-2025. | Se aplica a los prestadores de servicios esenciales (Estado, energía, agua, telecomunicaciones, infraestructura digital, servicios TI gestionados por terceros, transporte, banca, entre otros) y a los operadores de importancia vital. Su art. 9 obliga a reportar al CSIRT Nacional los incidentes significativos: alerta temprana en un máximo de 3 horas, actualización en 72 horas (24 horas para un operador de importancia vital afectado) e informe final en 15 días. Crea la ANCI. El proyecto de IA se remite a sus arts. 3, 7 y 9. fuente ↗ |
| Política Nacional de Inteligencia Artificial, actualización 2024, y su Plan de Acción | Vigente como política pública, no como ley con sanciones · Aprobada por el Decreto N° 12 del Ministerio de Ciencia (11-04-2024). Según fuentes secundarias, se publicó en el Diario Oficial N° 44.060 el 28-01-2025. Horizonte hasta 2031. | Tiene tres ejes: factores habilitantes, desarrollo y adopción, y gobernanza y ética. El Plan de Acción tiene 177 iniciativas de 14 ministerios, más de 100 comprometidas para 2026. En abril de 2025 el ministerio informó que el 78% estaba en implementación o terminado. fuente ↗ |
| Circular sobre uso responsable de IA en los servicios públicos (Oficio N° 711/2023, Ministerio de Ciencia y Segpres) | Vigente para los órganos del Estado · Desde el 01-01-2024 | Contiene lineamientos para el uso de herramientas de IA en el sector público: IA centrada en las personas, transparencia y explicabilidad, privacidad de datos y otros resguardos. No obliga a empresas privadas. fuente ↗ |
| Recomendaciones de Transparencia Algorítmica del Consejo para la Transparencia | Guía y recomendaciones para organismos públicos. Una instrucción general está en elaboración. · Guía de 2025 (nota de prensa del 17-07-2025). La fecha exacta de la instrucción general no está confirmada. | Orienta a los organismos del Estado para publicar información sobre los sistemas de decisión automatizada o semiautomatizada que usan. fuente ↗ |
| Proyecto sobre imitaciones digitales realistas o deepfakes (boletín 17795-19) | En trámite: primer trámite en la Cámara, segundo informe de la Comisión de Ciencias y Tecnología · No vigente | Regula la creación y difusión de imitaciones digitales realistas de la imagen, el cuerpo o la voz generadas con IA. Moción ingresada el 21-08-2025. La Sala de la Cámara lo aprobó en general el 22-07-2026 y volvió a comisión por indicaciones. fuente ↗ |
Qué conviene hacer hoy si tu empresa usa IA
- Cumplir hoy la ley de datos vigente al usar IA con datos personales: base de licitud o consentimiento, finalidad y reserva. (Ley 19.628, vigente hasta que rija la Ley 21.719) fuente ↗
- Prepararse para el 01-12-2026, fecha legal vigente mientras no se apruebe la postergación: inventariar los tratamientos que usan IA, perfiles o decisiones automatizadas; habilitar un canal para oponerse a decisiones automatizadas y pedir su revisión; y planificar evaluaciones de impacto para tratamientos de alto riesgo. (Ley 21.719: arts. 8° bis y 15 ter de la Ley 19.628 modificada; art. primero transitorio) fuente ↗
- Revisar los contratos con proveedores de IA que tratan datos por encargo: deben tratarlos solo según instrucciones, sin cederlos, y suprimirlos o devolverlos al terminar. (Ley 21.719, art. 15 bis de la Ley 19.628 modificada) fuente ↗
- Evaluar un programa de cumplimiento con delegado de protección de datos, que sirve para prevenir infracciones. (Ley 21.719, modelo de prevención de infracciones) fuente ↗
- Si la empresa es prestador de servicio esencial u operador de importancia vital, incluir los sistemas de IA en la gestión de ciberseguridad y en los protocolos para reportar incidentes al CSIRT Nacional (3 horas, 72 o 24 horas, y 15 días). (Ley 21.663, arts. 4 y 9) fuente ↗
- Si provee IA al Estado, prever los requisitos de transparencia y explicabilidad que los organismos públicos aplican según la circular de 2024 y las recomendaciones del Consejo para la Transparencia. (Oficio N° 711/2023 (Ministerio de Ciencia y Segpres); Recomendaciones de Transparencia Algorítmica del CPLT) fuente ↗
- No asumir obligaciones de la 'ley de IA': el proyecto 15869-19/16821-19 no es ley y su contenido puede cambiar por completo con la indicación sustitutiva. Conviene seguir su tramitación, pero hoy no genera deberes exigibles. (Estado de tramitación en el Senado) fuente ↗
Lo que todavía no hemos podido confirmar
- Ingreso formal de la indicación sustitutiva del Gobierno: se prometió para comienzos de septiembre de 2026, pero al 24-09-2026 el registro del Senado no la muestra y la prensa del 22-09-2026 la describe como 'en preparación'.
- Cifras de las votaciones de la Cámara (04-08-2025 en general y 13-10-2025 en particular): el registro oficial consultado no trae el detalle de votos, y camara.cl bloqueó el acceso automatizado (Cloudflare).
- Normas del proyecto rechazadas en la Cámara, como el Consejo Asesor Técnico de IA y el mecanismo de fiscalización: solo las informa la prensa (La Tercera y Cooperativa, 13-10-2025). El texto oficial despachado efectivamente no las incluye. La nota del Senado del 24-10-2025 describe el Consejo Asesor como parte del proyecto, lo que contradice el texto despachado.
- Publicación del Decreto N° 12 de 2024 (Política Nacional de IA) en el Diario Oficial el 28-01-2025: consta en fuentes secundarias (vLex, estudios jurídicos); no se verificó en diariooficial.interior.gob.cl ni en LeyChile.
- Contenido del boletín 18623-07 (postergación al 01-12-2027 y Consejo de 5 miembros): el ingreso y la tramitación están confirmados en el Senado; el detalle del contenido proviene de prensa y estudios jurídicos, no del mensaje leído.
- Fecha de aprobación en general del boletín 17795-19: el registro oficial dice 22-07-2026; una nota de prensa dice 23-07-2026 (128 a favor, 2 en contra y 5 abstenciones, votos no verificados). Se usa la fecha oficial.
- Existencia y fecha de una instrucción general obligatoria del Consejo para la Transparencia sobre transparencia algorítmica: solo se confirmó la guía y recomendaciones de 2025.
- Avance del Plan de Acción de IA después de abril de 2025: no se encontró un reporte oficial más reciente.
Seguimiento elaborado con fuentes oficiales del Congreso, la BCN y el Diario Oficial, revisadas el 24 sep 2026. No es asesoría legal.
Correcciones
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